miércoles, 14 de diciembre de 2011

PRIMERA MODIFICACION A LA RESOLUCION MISCELANEA

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el DOF, la Primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2011, en la cual se encuentran importantes modificaciones, entre las que destacan las siguientes:

1. Se considerarán también como días inhábiles para el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el 21 y 22 de abril de 2011, así como del 20 de diciembre de 2011 al 2 de enero de 2012.

2. Para la interpretación de los Tratados para evitar la doble tributación celebrados por México, serán aplicables los comentarios del Modelo de Convenio para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal, a que hace referencia la recomendación adoptada por el Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el 23 de octubre de 1997, o aquella que la sustituya, en la medida en que tales comentarios sean congruentes con las disposiciones de los Tratados internacionales celebrados por México.

3. Supuestos en los cuales un conjunto de personas no realiza actividades empresariales con motivo de la celebración de un convenio.

4. Tratamiento de los saldos a favor de personas físicas.

5. Se deroga la opción que establecía la facilidad de no presentar la declaración informativa del impuesto empresarial a tasa única (IETU).

6. Se establecen los supuestos en los cuales no se realizan actividades empresariales a través de un fideicomiso.

7. Requisitos que debe reunir el Informe sobre la revisión de la situación fiscal de la sociedad controladora, correspondiente al ejercicio fiscal de 2010, que el contador público registrado emita.

8. Se actualiza la opción de pago del impuesto sobre la renta (ISR), correspondiente al ejercicio fiscal de 2009.

9. Lineamientos para la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de cuentahabientes por verificación de datos obtenidos de las instituciones del sistema financiero.

10. Solicitud anticipada de marbetes o precintos para la importación de bebidas alcohólicas.

11. Se modifican los anexos siguientes, correspondientes a la RM para 2011:

1 “Formas oficiales, formatos, cuestionarios, instructivos y catálogos aprobados”.*
1-A “Trámites fiscales”.
3 “Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras”.
7 “Acciones, obligaciones y otros valores que se consideran colocados entre el gran público inversionista”.
11 “Catálogo de claves para el IESPYS”.*
14 “Donatarias autorizadas”.*
15 “Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos”.
17 “Operadores y permisionarios que presten el servicio de juegos con apuestas y sorteos”.*
* El nombre de este anexo es labor autoral

Esta Resolución entro en vigor el 10 de diciembre de 2011, con ciertas salvedades.
Fuente: DOF

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