El dia de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Estimulo Fiscal por Pago de Colegiaturas" desafortunadamente este beneficio no abarca a la totalidad de los sectores al no ser deducible para el IETU y no cubrir los pago por concepto de colegiaturaas a nivel licenciatura y posteriores.
Sin embargo es una buena medida que beneficiará sobre todo a quien percibe ingresos del titulo IV capitulo capitulo I es decir a quienes perciben sueldos y salarios y asimilados a estos, los beneficiarios, estimulos y condiciones son las siguientes:
Beneficiarios
Personas físicas por los pagos de colegiaturas, efectuados para:
• sí mismo
• su cónyuge o concubino (a)
• sus ascendientes o sus descendientes en línea recta
Sólo si cualquiera de ellos no percibe durante el año de calendario ingreso en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año
Estimulo Consistente en la deducción del pago de las colegiaturas de preescolar, primaria, secundaria y educación media superior a efecto de determinar la base para el cálculo del impuesto sobre la renta
Condicionantes: Se aplicará a los pagos por los servicios proporcionados a partir del 1o de enero de 2011.
Que los pagos:
• se hagan en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial
• cubran sólo los servicios de enseñanza del alumno
• se realicen con cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios
No aplica:
• en inscripción o reinscripción
• cuando las personas indicadas cuenten con becas o cualquier otro apoyo económico público para pagar los servicios de enseñanza, por el monto de ellos
La cantidad a deducir por cada persona sera hasta los siguientes límites:
Nivel educativo Límite anual de deducción
Preescolar $14,200.00
Primaria $12,900.00
Secundaria $19,900.00
Profesional técnico $17,100.00
Bachillerato o su equivalente $24,500.00
Es importante señalar que se deberá contar con el comprobante fiscal el cual deberá señalar el concepto y monto del pago
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