miércoles, 4 de diciembre de 2013

AUMENTA EL LIMITE DE FRANQUICIA EXENTA PARA INTRODUCIR MERCANCIAS AL PAIS

Se reforman las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior (RCGCE) 2013 para incrementar, como sigue, el valor de las mercancías que pueden traer los pasajeros durante la temporada invernal:
  • de 300 a 500 dólares, cuando el ingreso sea por vía:
    • aérea
    • marítima
    • terrestre para los mexicanos provenientes del extranjero que ingresen bajo el Programa Paisano, con excepción de las personas residentes en la franja o región fronteriza
  • de 75 a 300 dólares, demás pasajeros que entren al país por vía terrestre
Por las mercancías comprendidas en la franquicia no se pagarán derechos e impuestos en la aduana.
No obstante que el formato de la "Declaración de aduana para pasajeros procedentes del extranjero" no se encuentra actualizado con las cantidades anteriores, éstas les serán aplicables. Los pasajeros deberán llenar y entregar dicha declaración en la aduana a su ingreso al país.
Vigencia: A partir del 5 de diciembre de 2013.

Fuente: Segunda Resolución de Modificaciones a las RCGCE 2013 (SHCP, 4 de diciembre).

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